lunes, 13 de diciembre de 2010

Enrique Rojas, El truco


Enrique Rojas no ha sido ni es
catedrático de Psiquiatría de la
Universidad Complutense de Madrid


¿El truco? Enrique Rojas tiene muchísimos. Ya los estáis viendo en la colección de cátedras con las que se disfraza en todos sus libros para venderlos como churros.

Concretamente en el caso que nos ocupa - internamiento psiquiátrico forzoso - con las siguientes características,


- Sin conocimiento del interesado.
- Vía marido.
- Sin contacto visual por parte del médico con la "supuesta enferma" desde hacía meses.
- No sólo no existe exploración previa a la emisión del certificado, tampoco existió una entrevista de exploración psiquiátrica, nunca.
- Con emisión de certificados oficiales médicos no veraces, como dice el Colegio de Médicos de Madrid el truco, consiste en,


Elegir juzgado, eligiendo juzgado de guardia que actúe dentro de la guardia sin enviar el procedimiento a reparto.


¿Cómo se consigue? En primer lugar hay que presentar la solicitud de internamiento en el juzgado elegido y en segundo lugar, desde mi leal saber y entender, pienso que sólo se puede conocer si un juzgado de guardia enviará determinado procedimiento a reparto o no, teniendo contactos dentro de dicho juzgado.

Dejamos de nuevo los documentos, que colgamos en "El método", que prueban las afirmaciones que realizamos, para que estén más a mano por si hubiera que consultarlos,

Solicitud internamiento

Providencia Juzgado 2

Oficio Juzgado 2

Licenciado Medicina

Colegio Médicos Madrid dice,
E. Rojas emite certificados "No veraces"

Al elegir E. Rojas el juzgado, cualquier víctima suya carece de garantías ya que no elige un juzgado cualquiera, sino un juzgado, llamemósle "amigo", que conoce el objetivo.

Recapitulando sobre las entradas anteriores de esta serie (1er. intento de internamiento, Juzgado 2 Majadahonda),

- El método: La juez, con un acientífico certificado oficial médico de E. Rojas y la solicitud de internamiento del marido, resuelve, sin ver ni hablar con la interesada (dudo mucho que Su Señoría haga lo mismo con los presos a los que va a privar de libertad).

- La faena: Antes de este 1er. intento de internamiento, Enrique Rojas llamó e intentó convencer al médico de Familia para que emitiese un certificado sobre mí prescribiendo mi internamiento psiquiátrico. Rojas pretendía que el médico de Familia, emitiese este certificado sin verme y sin proporcionarle mi historia clínica.
..(Para más información remitiros a las entradas citadas).

La ley de internamientos psiquiátricos en contra de voluntad es clara y estricta, si bien, esté contemplado en la ley o no, en la práctica, adquiere cierta holgura en los casos de pacientes con antecedentes psiquiátricos que ya han sido internados y requieren internamientos con frecuencia en función de sus crisis. En estos casos, es la familia quien suele tramitar el internamiento.

Al presentarse mi entonces marido con un certificado médico emitido a instancia de "la familia", como consta en el certificado de puño y letra de Enrique Rojas, Su Señoría estaba percibiendo un posible delito tipificado en el Código Penal (la violación del secreto profesional). En ningún caso, Rojas, podía entregar un certificado a persona distinta a mí, ni emitirlo a instancia de terceros.

Si Rojas consideraba que debía internarme (difícil porque no me había visto previamente), la ley establece que debe ser el médico quien solicite el internamiento al juzgado.


Desde mi leal saber y entender, me quedo sin entender todas actuaciones de la juez que suscribe los documentos de arriba,

1) Juan Cantero Caba, el marido, presenta una prueba (el certificado emitido por Rojas) que se ve se ha obtenido ilegalmeente, sin mi conocimiento ni consentimiento y la juez la admite para abrir un procedimiento.
- Si os acordáis del padre coraje, no le fueron aceptadas las cintas con la declaración del asesino de su hijo porque habían sido grabadas sin su conocimiento y consentimiento (no quiero pensar que internarme a mí fuera más importante que esclarecer un asesinato, indicaría que tenían mucho empeño conmigo).

2) Que sea el marido quien solicita el internamiento de la mujer y la juez no sospeche, resulta bastante chocante, sobre todo cuando consta en el certificado que no ha sido solicitado por la mujer.

3) La juez resuelve sin verme ni hablar conmigo.

4) Para que se lleve a cabo un internamiento psiquiátrico forzoso, debe darse una situación muy extrema donde exista auto o heteroagresividad o un posible deterioro significativo del supuesto enfermo en caso de no ingresado.

- Si recordáis el caso de la activista saharaui Aminatu Haidar, cuando en huelga de hambre el Cabildo de Canarias solicitó su ingreso en contra de voluntad, pese a que su estado era crítico, conocido por todos y el ingreso lo solicitaba un gobierno autonómico, el juez acudió con un médico forense a ver a Aminatu ya que no podía autorizar su internamientono sin haber visto físicamente a la persona a la que iba a privar de libertad.

5) Como dije en "El método", el juzgado de guardia sólo resuelve los casos urgentes e incluso lo habitual es, que se mande a reparto procedimientos de cierta urgencia porque el juzgado de guardia no da más de sí.

- Si os fijáis en doc. "Solicitud", dice que se presenta un certificado médico expedido el día 24 (era viernes). Si miramos la fecha de la solicitud, podemos ver que se realiza el día 27 (lunes).
- ¿Dónde estaba la urgencia para que el juzgado de guardia resolviera en el mismo momento, sin tener en cuenta a la persona que iba a privar de libertad?

6) Para que esta juez actuará como actuó, mandándome a la Policía y sin molestarse en verme, yo debería haber estado tirando tiros por una ventana o acuchillando sin piedad a quienes pasaban por mi calle.

- Ni el certificado de Enrique Rojas ni la solicitud del marido, realizan tal afirmación, ni a la juez le interesaba mi estado porque no lo preguntó.

7) Tampoco la juez solicitó el auxilio del forense del juzgado ni para verme, ni para recabar opinión sobre el certificado emitido por Enrique Rojas que en sí mismo es altamente sospechoso acientífico y por consiguiente amoral.

8) No se le ocurrió tampoco que me examinasen en el Centro de Salud Mental de Majadahonda, que estaba a 5 minutos del juzgado, sino que ordena que me examinen en el Hospital Puerta de Hierro, que estaba a unos 14 kms. de mi casa, aunque lo más mezquino e inhumano, es que se acuerda con la Policía que vengan a buscarme de madrugada.
Puesto que el internamiento se solicitó por la mañana ¿dónde está la urgencia cuando se le pide a la Policía que se retrase 18 horas?

- Juan Cantero Caba, reconoció que él acordó con la Policía la hora de mi recogida, en la declaración que realizó ante esta juez cuando denuncié.
- Ignoro si "ese acuerdo" se realiza ante algún representante del juzgado o existe/ algún otro documento o nota del juzgado indicando que la Policía obedeciése al marido... no sé, no creo..., aunque no alcance a comprender que la Policía acepte semejante orden de un marido, sin "toques" o presiones de algún tipo, para un servicio, donde debe "recoger" y trasladar a un "supuesto enfermo mental".

- Y más raro aun, que tras la declaración del marido reconociendo que había acordado con la Policía que viniesen a buscarme de madrugada (dato que demuestra que el solicitante del internamiento es consciente de la NO enfermedad, ya que cuando se cree que el candidato a internamiento padece una enfermedad mental, en ningún caso se acuerda que vengan a buscarlo de madrugada).


Seguiremos con los hechos que ocurren en este juzgado, en la siguiente entrada.


Pensamiento 1)............... Enrique Rojas fuera de la Medicina


Pensamiento 2) Desde mi leal saber y entender, los socios y simpatizantes del Opus Dei no son aptos para la Administración de Justicia, con independencia de la honestidad personal de cada uno de ellos, según los expertos, se consideran hermanos entre sí y están sometidos al voto-compromiso de obediencia. En el Opus Dei no existe libertad de conciencia.




4 comentarios:

carlos dijo...

¡¡¡ Ánimo, Isabel !!!

A sinvergüenzas así hay que desenmascarlos cuanto antes.

Muchas gracias por tu entrega e interés, me parece muy generosa.

Anónimo dijo...

Te recomiendo que consultes con un abogado el siguiente párrafo. Procesalmente no tiene ni pies ni cabeza:

"Elegir juzgado, eligiendo juzgado de guardia que actúe dentro de la guardia sin enviar el procedimiento a reparto.

¿Cómo se condigue? En primer lugar hay que presentar la solicitud de internamiento en el juzgado elegido y en segundo lugar, desde mi leal saber y entender, pienso que sólo se puede conocer su un juzgado de guardia enviará determinado procedimiento a reparto o no, teniendo contactos dentro de dicho juzgado".

Un saludo.

S.G.

Ana A dijo...

no entiendo bien el reproche de S.G. Me parece que la idea que quiere expresar Isabel es que Enrique Rojas tiene tanto enchufe en el jugado como para elegir el juez que dicte lo que él quiere.

Da terror conforme vas dando más detalles la seguridad y aplomo del Enrique Rojas y secuaces en su actuar ¿cómo si estuvieran acostumbrados a este tipo de actuaciones? Hilan fino finísimo.

Ni la conducta de tu "internamiento" ni todos los pasos que han ido dando para darte largas y que este señor no se siente en un banqullo tienen nada de improvisado.
Eso es lo horrible: ¿en qué manos está la justicia?

Cuántas barbaridades todas juntas una detrás de otra por parte del Opus Dei, mientras tenemos que aguantar sus proclamas en favor de la familia o del matrimonio indisoluble o del "sí a la vida".... cuando realmente no tienen principios si de lo que se trata es de hacerse con un puñado de millones.
Porque el móvil del crimen: era ese, tu dinero y "prou".
Gentuza.

Isabel C dijo...

Gracias Carlos.

Más o menos Ana, pero no exactamente así. Juzgado de guardia podemos elegir cualquiera (hasta tú y yo). Nos enteramos quien está de guardia y vamos y ponemos allí una denuncia o solicitamos algo.

La denuncia o la solicitud quedan puestas.

Pero para que ese juzgado se meta a resolver la denuncia o la solicitud, debe ser muy urgente o, la manda a reparto (esto quiere decir que le puede tocar a cualquier otro juzgado de ese partido judicial y ahí ya no sabemos cómo será ese juez ni como resolverá, en principio, debe resolver con arreglo a la ley vigente).

En el franquismo, no sé como se resolvería o que diría la ley vigente. Quizá con un certificado de un médico del Opus Dei y la solicitud de un marido, se podían llevar a la mujer de madrugada, no lo sé.

Pero con la ley de Reforma Sanitaria (creo q del 80), esas cosas cambiaron y con esos mimbres, certificado de un médico privado y solicitud de un marido, la juez no puede decretar "localización y traslado", porque ahora somos ciudadanas y ciudadanos de hecho y de derecho.

La juez, debería haberme comunicado lo que se había solicitado para mí y después de verme y oírme, decidir. No antes como lo hizo.

Si creía que era urgente pq a la firma de Enrique Rojas le tenía mucha confianza, debería haber venido a verme con un médico y oír al médico, y si consideraba que no era urgente, haber mandado el expediente que con mimbres tan escuálidos abrió, a reparto.

En el supuesto que Rojas y el ex hubiesen engañado al juzgado, en cuanto la juez conoció la verdad (q debió conocerla en el plazo de 24h como dice la Providencia), actuar en consecuencia abriéndoles un procedimiento de estafa judicial. Podria dar más explicaciones pero... estoy muy cansada. Voy a leer el comentario donde no sé si he entendido bien que iban a por mí.

Gracias por tu apoyo, Ana.

Pdta.: Me he saltado algo muy importante. Y es que al ver la juez que el certificado lo presentaba un marido, había indicios suficientes para considerar que se estaba dando violación de secreto profesional y era una prueba conseguida ilegítimamente (creo q no podía abrir ningún expediente con una prueba obtenida de esa forma).

Pero además, al ver que el certificado estaba expedido a instancia de "la familia", ya no eran indicios, sino prueba contundente,

Desde mi leal saber y entender, debería haber procedido como se procede con quien "consegue y utiliza" pruebas ilegales.

Hay una cosa, el delito de violación de secreto profesional, no es perseguido de oficio (quiere decir q tienes q denunciar para que la justicia se meta, en cambio si te agredo, la justicia, al conocer, se tiene q meter, aunque no te denuncien, ufff, creo q no es real, la justicia se mete si te matan y ahora, cómo llega información a los juzgados vía centros de salud y hospitales, también, pero si lo conoce pq tu vecina denuncie, no sé si se meterá),

pero en este caso (en mi caso), como lo que se pretendía con esa violación de secreto era una privación de libertad (un quitarme de en medio), creo, q la juez, sí debería haber intervenido, no conmigo, con el ex y con Rojas. Conmigo, si acaso, debería haberme protegido.

De protegerme al paseíllo al Hospital Puerta de Hierro en pijama y zapatillas, escoltada por la Policía Local de mi pueblo, fíjate si hay trecho.

De lo que ocurrió y cómo ocurrieron los hechos, desde mi leal saber y entender, deduzco que en ese juzgado ya sabían qué debían hacer conmigo. Eso es lo que quiero decir. Y como así lo creo y siento, digo aquí algo que estoy segura han sabido antes otros juzgados y no me han auxiliado. A mí me ha costado llegar a concluir 100%, pero los juzgados, seguro q se han dado cuenta enseguida.